este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, "DECLARA IMPROCEDENTE" la solicitud de la Directora del Internado Judicial de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, relacionada con ordenar a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 03, Región Oriental, Cumaná, Estado Sucre la Evaluación Psicosocial al penado LUÍS MIGUEL LEZAMA LEZAMA, venezolano, de 21 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 22.629.429, natural de Cumaná, nacido en fecha 28-01-90, hijo de Ana Luisa Lezama y Rafael Mudarra, obrero, residenciado en Avda. Carúpano, frente al liceo Creación Caíguirre, sector el Chispero, casa S/N°, Cumaná, Estado Sucre, hasta tanto cumpla la ½ parte de la Pena impuesta, es decir, Seis (06) Años, Siete (07) Meses Y Quince (15) Días, que se cumplirán aproximadamente en Dos (02) Años, Ocho (08) Meses, Dos (02) Días y Doce (12) H.....