este Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda el Cese de la misma Cautelar al ciudadano JOSE LUIS HERNANDEZ, venezolano, natural de Cumaná, de 34 años de edad, nacido en fecha 17-08-77, soltero, obrero, residenciado en Cariaco, calle Estanislao Rondón, casa 28, hijo de Aura Hernández, titular de la cédula de identidad Nº 14.284.26, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA Previsto y Sancionado en el Artículo 408 Ordinal 1ero en relación con el Artículo 426 del Código Penal, en perjuicio del occiso: LUIS DANIEL CORDOVA MUDARRA.