El Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial del Estado Sucre con sede en Cumaná, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por estimar que ello resulta suficiente y necesario para garantizar las finalidades del proceso SE ACUERDA MODIFICAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD impuesta a los procesados CARLOS ALEXANDER SUCRE venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.065.752, soltero, sin oficio, residenciado en el Sector El Hueco, casa S/N°, Santa Fe Parroquia Raúl Leoni del Estado Sucre, a quien se le impone presentaciones periódicas cada quince (15) días por ante la Prefectura de la Población de Santa Fe, Parroquia Raúl Leoni, y el deber de consignar ante este Tribunal constancia de residencia y de trabajo, de acuerdo a lo solicitado por el mismo en la audiencia y al imputado JORGE CELESTINO HERNADEZ, venezolano, de 40 años de edad, titular de la cedul.....