este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano: LUIS ENRIQUE ROMERO ARIAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 24.535.909, soltero, nacido en fecha 07-09-1987, de 22 años de edad, profesión u oficio Reservista en Guarnición Regimiento de Ingenieros, residenciado en la Urbanización Sabana Grande, Calle Principal, Casa S/N (cerca del modulo policial), cerca del Barrio las cocuizas, Maturín, Edo. Monagas, y en la comunidad de queremene, casa No. 13, vía nacional Cariaco - Chacopata, cerca de Campoma, Municipio Ribero, Estado Sucre, teléfono 0424-823-45-92; a cumplir la pena de: DOS (02) MESES DE ARR.....