En consecuencia, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: de conformidad con lo establecido en los artículos 479 ordinal 1° y 482 último aparte todos del Código Orgánico Procesal Penal, actualizado el cómputo de pena al penado JOSÉ PASCUAL AGUILERA PEREZ, venezolano, de 31 años de edad, nacido en fecha 18-05-77, soltero, de Profesión u Oficio: Agricultor, hijo de Juan Alberto Aguilera y Santa Victoria Pérez, Domiciliado en: Calle Cinco de Julio, Yoco, Municipio Valdez del Estado Sucre, quien tiene hasta el día de hoy 27/03/2009, tiene una pena efectivamente cumplida de UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES y DOCE (12) DÍAS, , más una Redención de fecha de hoy 27-03-2009 de NUEVE (09) MESES Y DOCE (12) HORAS, lo que da un total de pena cumplida de DOS (02) AÑOS, CINCO (05) MESES, DOCE (12) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, falt.....