Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud Fiscal, y decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de la causa que se le seguía al joven xxxxxxxxxxxxxxxxxx, por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2, 3, 8 y 10 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores en perjuicio de los ciudadanos xxxxxxxxxxxxxxxxx, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 615 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena la remisión de las actuaciones al Archivo Central de este Circuito Judicial Penal, a los fines de su cuido y conservación. Así mismo se hacen cesar las medias de coerción personal que pesan sobre el acusado. Librese oficio a la Unidad de alguacilazgo informan.....