ASUNTO: RP01-S-2004-003581
Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia por admisión de hechos, dictada por el Juzgado Tercero de Control en fecha 08/03/2006, cursante a los folios 55 al 64, ambos inclusive de la presente causa; mediante la cual condeno al ciudadano JULIO CESAR PATIÑO MARTÍNEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.704.930, residenciado en el Caserío Los Pozos de Belén, Municipio Mejías del Estado Sucre; a cumplir la pena de ONCE (11) MESES y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN más las accesorias de Ley por la comisión de los delitos de Violencia Física y Psicológica, previsto y sancionado en los artículos 17 y 20 de la Ley Sobre Violencia Contra La Mujer y la Familia. Es por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución, procede a su ejecución de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1, del artículo 479 en concordancia con los artículos 481 y 484, todos del Código Orgánico Procesal Penal y de acuerdo a los siguientes términos:.....