En este estado este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones:
En este sentido observa quien suscribe que el actor ciudadano LUIS ALFREDO CENTENO, señaló en el libelo que la ciudadana MARIA BARRETO, realizó actos contrarios a los objetivos que debe tener toda O.C.V. , que era poseedor de una parcela donde construyó un rancho con palos y zinc y que ante las irregularidades y actitudes hostiles de la presidenta de la O.C.V. lo traspasó al ciudadano JOSÉ ALFONZO, a quien le exigió bajo la figura de colaboración la cantidad de Quinientos Bolívares (Bs.500), que al no acceder le destruyeron su bienhechuría y lo denuncio de invasor profesional, lo que a su entender le causó un daño.
Sobre las demandas por daños y perjuicios, la Sala de Casación Civil de nuestro más alto Tribunal ha señalado, que es necesario que estos se determinen con precisión especificando que tipo de Indemnización se pretende, su cuantificación, el origen del daño, su vinculación con el agente a o.....