En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Declara: la corrección de la Sentencia Interlocutoria dictada en fecha treinta de Mayo de dos mil once (2011), en cuanto al porcentaje que le corresponde al inmueble identificado con el Nº 21, plenamente identificado supra asignado a la cónyuge ciudadana LUZ MARINA GONZALEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad número V-9.934.053. Téngase el presente auto como parte integrante de la Sentencia Interlocutoria Nº 103-2011, dictada por este Juzgado en fecha 30/05/2011.