En consecuencia se considera necesario mantenerse la medida de privación la libertad que pesa sobre el hoy imputado por las razones antes especificadas. En este sentido y vista la solicitud que antecede, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara SIN LUGAR la solicitud de revisión de medida presentada en este Tribunal de Control, por la Abg. Gilda Prado, Defensora Privada del imputado de autos CE ZHUMING, de nacionalidad china, quien dijo ser titular de la cédula de Identidad N° 82.292.948, de 52 años de edad, nacido en fecha 13-12-1957, de profesión cocinero, soltero, residenciado en el paseo Colon Restaurante Hon Kon de la Ciudad de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, a quien se le imputa la presunta la comisión de los delitos de FALSA ATESTACION DE SU IDENTIDAD Y USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en los artículos 319, 320 y 322, .....