DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Acuerda: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, en contra de la Imputada Karen Katherine Marcano Ugas, venezolana, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.379.945, nacida en fecha 13-07-1991, de 22 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio estudiante, hija de Fabiola Ugas y Alejandro Marcano, y residenciada en Caracho, Sector El Bajo, Casa Nº 06, cerca del Abasto Las Cuatro Puertas, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuici.....