Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano VICTOR MANUEL CARABALLO, actuando con el carácter de Presidente de la empresa "Estacionamiento y Servicio de Grúas Sucre C.A." y asistido por el abogado CARLOS ENRIQUE MENESES CARABALLO, en contra de la decisión dictada en fecha 17 de Septiembre de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano; mediante la cual acordó la entrega del vehículo Marca: Chevrolet, Modelo: C 10, Color: Azul, Año: 1981, Clase: Camioneta, Tipo: Pick Up, Uso: Carga, Placa: 694-RAB, Serial de Carrocería: CCD14BV223226, Serial del Motor: CVB223226; Ordenando al "Estacionamiento y Servicio de Grúas Sucre C.A.", la entrega inmediata d.....