DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara: PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado JOSÉ ZACARIAS FIGUEROA, actuando con el carácter de Defensor Privado; contra Sentencia dictada por el Juzgado de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre - Extensión Carúpano, en fecha 28 de enero de 2009, mediante la cual CAMBIA EL SITIO DE RECLUSIÓN al ciudadano XXXX, del "Centro Socio Educativo Dr. Agustín Ortiz Rodríguez" por la Comandancia de Policía del Estado Sucre ¿ Sede Carúpano; Todo de conformidad con las previsiones de los artículos 432, 433, 437, 452 del Código Orgánico Procesal Penal y 608 del Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Publíquese, reg.....