es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, bajo la decisión del Juez Nº 01, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, con fundamento en los artículos 8 y 27 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR celebrada por ante Defensoría del Niño, Niña y Adolescentes del Municipio Cruz Salmerón Acosta, d del Estado Sucre, suscrita entre los Ciudadanos: MORAIMA JOSEFINA MARCANO ROJAS y JAVIER BELTRAN SERRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-15.346.789 y V-12.664.615.- Así se decide.-