el Tribunal fijó la causa para Sentencia.
En éste estado el Tribunal siendo la oportunidad para decidir el presente juicio, lo hace con fundamento en las siguientes motivaciones:
Durante el lapso probatorio, solamente la parte actora reprodujo el mérito favorable de los autos y promovió las testimoniales de los ciudadanos: JULIO JOSÉ ANDARCIA, JOSÉ LUÍS PÉREZ y CLAUDIO ANTONIO HERNÁNDEZ LUGO, los cuales rindieron sus respectivas declaraciones por ante este Juzgado, testigos hábiles y legalmente juramentadas y quienes en forma similar declararon: "Que si conocen de vista, trato y comunicación a los ciudadanos DOMINGA DOMITILA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ y OVIDIO ANTONIO TOVAR"; "Que les constan que se casaron en fecha en fecha 29 de Junio de 1.987, por ante la Prefectura de la Parroquia Tavera Acosta, Municipio Autónomo Andrés Mata del Estado Sucre"; que procrearon Tres (03) hijos de nombres ORLANDO ANTONIO, ERIS MIGUEL y ANDRÉS RODOLFO TOVAR GONZÁLEZ, que desde el mes de Septiembre de 1.993,.....