Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano Ramón Antonio Vargas López, de nacionalidad venezolana, natural de la Llanada de Guiria Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, donde nació el 24-05-65, de 41 años de edad, hijo de Alfredo Víctor Vargas y de Victoria Incolaza de Vargas, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Guaca, Pica de Evaristo II, casa N° 47, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y titular de la cedula de identidad N° V- 10.222.695, a cumplir la pena de Un (01) año y ocho (08) meses de prisión; más las accesorias de Inhabilitación política por el tiempo que dure la pena principal, y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo que dure la pena, por la comisión del delito de Lesiones.....