el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EL CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN, acordada en fecha 28 de junio de 2014, a favor del ciudadano ÁNGEL JOSÉ LEON RODRÍGUEZ, con cédula de identidad Nº 9455177, en su condición de víctima en la causa penal seguida a los ciudadanos MARIO JOSÉ QUIJADA RUIZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.630.565, soltero, de 32 años de edad, nacido en fecha 03-01-1982, de oficio agricultor, hijo de Delia Ruiz y Pablo Quijada, y domiciliado en la calle Las acacias, casa S/N, a seis casas del módulo policial, Chacopata, Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de SECUESTRO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Orgánica contra el Secuestro y Extorsión, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Ángel L.....