Por cuanto el penado HERNAN FRACCICA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V 11.217.456, actualmente recluido en el Internado Judicial de Cumaná, condenado fuera condenado por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Cumaná, en fecha 14 de Febrero del 2002, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de Hurto Calificado; cumple con lo pautado en el artículo 53 del Código Penal, este Juzgado de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, ACUERDA LA CONVERSION del resto de la pena en CONFINAMIENTO al penado HERNAN FRACCICA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V 11.217.456, actualmente recluido en el Internado Judicial de Cumaná, la cual cumplirá en la Ciudad de Maturín Estado Monagas estableciendo como lugar donde va a residir, El.....