este Tribunal Panal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: La Extinción de la Acción Penal y El Sobreseimiento de la presente Causa, seguida a Jean Carlos Cedeño, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº indocumentado, nacido en fecha: 14-09-1983, soltero, de profesión obrero, hijo de: Padre desconocido y Irma Josefina Cedeño, residenciado en Macarapana, vía el Chuare, casa S/N, cerca de Chelo, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de comisión del delito de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 7° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Luís Payares; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del Código Penal y artículo 49 numeral 1, relac.....