Este Tribunal de ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y haciendo uso de las facultades conferidas por el Legislador en el artículo 647 literal ?H? de la LOPNA DECRETA, la CESACIÓN de la sanciona impuesta al ciudadano: DAVID JOSÉ RENGEL ZAPATA, en consecuencia, se acuerda librar oficio al archivo remitiendo las presentes actuaciones a los fines de su resguardo. Así se decide. Líbrese Oficio. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCION,
DRA. AYSKEL MARTINEZ DE MUÑOZ.