Le acuerda al imputado: Eduardo Villarroel Pereda venezolano, mayor de edad, Portador de la Cédula de Identidad Nº V-18.418.424, de 19 años de edad, nacido en fecha: 10-04-1985, hijo de Rosa Pereda y Luis Villarroel, y residenciado en el Barrio Caiguire, calle Campo Alegre, Casa Nº 127, Cumaná Estado Sucre, medida cautelar sustitutiva de presentación cada Ocho (08) días por ante la Unidad de Alguacilazgo, por un lapso de Seis meses y la prohibición de acercarse al sector del Barrio Venezuela, de conformidad con lo establecido en los ordinales Tercero y Cuarto del artículo 256 y 313 del COPP. Líbrese oficio al Comandante de la Policía del Estado Sucre y anexo a Boleta de libertad y oficio a la Unidad de Alguacilazgo y remítanse las presentes actuaciones en su oportunidad legal a la Fiscalía del Ministerio Público, en virtud de que esta decisión fue dictada en audiencia oral en presencia de las partes el día: 25-05-05 téngase por notificadas conforme al articulo 175 del Código Orgánic.....