este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano Salvador Francisco Caraballo Moya, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.833.049, fecha de nacimiento 06-08-1967, de 49 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio agricultor, hijo de Teodoro Caraballo y Rosario Moya, y domiciliado en el Sector Los Riítos de Río Seco, Calle Principal, Casa S/N, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre; por la comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes de Delito, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, en relación con el artículo 43 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio de El Estado Venezolano, en virtud de haber o.....