Este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD EN LA MODALIDAD DE FIANZA, en contra del ciudadano RICARDO DEL JESUS MILANO, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, titular de la cedula de identidad 23.433.608, de 20 años de edad, nacido en fecha: 22-06-1994, de estado civil soltero, profesión u oficio: Obrero, y residenciado en la San Martín, calle Páez, casa S/N, cerca de la iglesia que esta por la cancha, teléfono 0424-816.1113, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley Especial, en perjuicio del EL ESTADO VENEZOLANO. medida consistente en caución económica, por lo que deberá presentar dos fiadores de reconocida solvencia moral .....