este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor de los imputados: Luís Alberto Santamaría Báez, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.700.721, nacido en fecha 22-06-1987, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de Luís Santamaría y Luz Báez, y domiciliado en el Caserío El Pajuil, Calle El Bosque, Casa Nº 23864, cerca del estadio, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, y Yordi Enrique Ramírez Martínez, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.700.724, nacido en fecha 29-05-1991, de 22 años de edad, de estado civil so.....