Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: ROBERT ROBINSON JOSÈ AMARISTA, venezolano, nacido en Carúpano, titular de la cédula de identidad Nº 25.098.866, de 18 años de edad, nacido en fecha 04-02-1995, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Humberto AMARISTA GONZALEZ y Yudelis González, residenciado en primero de Mayo, Cale Bolívar, casa s/n, cerca de la Bodega del señor Ángel Municipio Bermúdez, Carúpano, Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458, del Código Penal Venezolano, y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el artículo 37 del Código Penal Venezolano en relación con el articulo 04 numerales 9º y 10º de la Ley Orgánica Contra la D.....