este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil le imparte la HOMOLOGACION correspondiente a la TRANSACCION efectuada por ambas partes en el presente juicio de INTERDICTO. Igualmente de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, se ordena expedir dos (02) copias certificadas de la diligencia de la transacción de fecha 23-03-2010 y de la homologación de la presente transacción. Expídanse las copias certificadas solicitadas. Así mismo se autoriza al Lic. Rafael Benítez Tovar, titular de la cédula de identidad número V-4.962.025, Alguacil de este Juzgado, para el fotocopiado de las mismas y a la ciudadana Antonia Peroza de Marval, titular de la cédula de identidad número V-5.694.086, Asist.....