este Tribunal Primero de Ejecución de conformidad con el contenido del artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA dicha sentencia, en los siguientes términos:
El reo Diover Wilfredo Boyce Álvarez, fue condenado a cumplir la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley establecida en el artículo 16 del Código Penal, según acta de investigación penal, suscrita por funcionarios adscritos al CICPC, cursante al folio 58 del Expediente PIEZA 1, es detenido el día 19/06/2014, hasta el día de hoy, 26/02/2016, es por lo que tiene cumplida una pena física de UN AÑO, OCHO MESES Y SIETE DIAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta OCHO AÑOS, TRES MESES Y VEINTITRES DÍAS, pena que finalizará el 19/06/2024.-