Este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, contra el imputado JESÚS RAFAEL VARGAS MATA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-18.903.398, de 28 años de edad, natural de Cumaná, nacido en fecha 25/12/1985, soltero, de oficio Tatuador, hijo de Orlando Vargas y Subdelina Mata, residenciado en El Dique, Calle 3, Casa Nro. 66; teléfono 0293-431-05-25; en la causa que se le iniciara, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL DELITO DE HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; todo, conforme al artículo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal; consistente en pre.....