por Autoridad de la Ley, Admite parcialmente la acusación presentada por el Ministerio Público y declara con lugar lo solicitado por la Defensa, en consecuencia se procede a sancionar al adolescente XXXXXXXX, a la sanción de SEIS (06) MESES de Servicio a la Comunidad de conformidad con los Artículos 578 literales "A" y "F"; 583, 620 y 625, todo relacionado con el articulo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, por su participación en el delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad; cuya sanción consistirá en que durante el lapso de seis meses deberá permanecer y cumplir con su deber y derecho de prestar servicio al Estado venezolano, lo cual deberá además hacer como obligación y acreditarlo ante el tribunal de ejecución correspondiente. Se instruye al secretario a los fines de que.....