ACUERDA el CESE de las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial Preventiva de Libertad impuesta por este tribunal en fecha 16/04/2008, al imputado BERNARDINO GÓMEZ FERREIRA, venezolano, de 50 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E-82.027.357, nacido en fecha 28-09-57, de profesión metalúrgico, residenciado en Santa Fe, Calle Principal, Casa S/N, al lado de la Escuela Raúl Leoni, del Estado Sucre, bajo la modalidad de presentaciones periódicas cada 30 días por ante la Unida de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal por un lapso de 6 meses, de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el Código Penal, en perjuicio del ciudadano EUCLIMAR VILLARENA SALAZAR. Se insta al representante de la Fiscalia Séptima del Ministerio Público que presente el acto conclusivo que tenga lugar en el .....