DISPOSITIVA
En virtud de lo expuesto este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admite Totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público y sanciona conforme al procedimiento por admisión de los hechos al adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxx por la comisión de los delitos de AMENAZA previsto en el articulo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ALTERACIÓN AL ORDEN PÚBLICO, previsto en el artículo 216 del Código Penal, PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto en el artículo 273 del Código Penal, en relación con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos y USO INDEBIDO DE SUSTANCIAS EXPLOSIVAS, previsto en el artículo 12 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio de la ciudadana xxxxxxxxxxxxxxxxxy EL ESTADO VENEZOLANO, respectivamente; a cumplir la sanción de REGL.....