Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta DECRETA la cesación de la medida de privación de libertad impuesta a los sancionados "OMISIS", se acuerda la sustitución de la medida de privación de libertad, por las Medida de Libertad Asistida y reglas de Conducta, por el lapso de un (01) año, dos (02) meses y diez (10) días, La Libertad asistida consiste en presentarse una vez al mes por ante el equipo técnico adscrito a éste circuito judicial penal, mientras que las reglas de conducta consistirán en 1°). Presentarse una vez al mes por ante la unidad de alguacilazgo de éste circuito judicial penal; 2°). Pernotar en su hogar a partir de las 09:00 de la noche; 3°). No cometer nuevos hechos delictivos, 4°). Continuar con su educación formal y presentar ante este desp.....