este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, otorga AUTORIZACIÓN JUDICIAL, en consecuencia AUTORIZA a la ciudadana ESCRIBANO MALAVE ROSIMAR JOSÉ, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.100.087, domiciliada en la Urb., Brasil Sector Divino Niño, Casa Nº 108, Cumaná, Parroquia Altagracia, Estado Sucre, para tramitar ante entes públicos y privados todo cuanto beneficios les pueda corresponder a su hijo el niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezu.....