Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos; éste Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: El Plazo de sesenta (60) días, solicitado por el Representante del Ministerio Público, para que presente el Acto Conclusivo que diere lugar en la presente causa; seguida al imputado Guilmer Iginio Aguilera Flores, venezolano, natural del Caserío Gancho Seco, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, de estado civil soltero, mayor de edad, nacido en fecha 11-01-1975, titular de cédula de identidad N° 13.808.702