este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano MARCO ANTONIO HURTADO ZAPATA, venezolano, mayor de edad, indocumentado, nacido en fecha 23-07-79, de 27 años de edad, soltero, sin oficio definido, residenciado en el caserío lo Montañita, casa S/N, Estado Sucre, por PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 numeral 5° del Código Penal Y el numeral 4º del artículo 318 concatenado con el 48, ord. 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes. Remítase al Tribunal de Ejecución en su oportunidad Legal.