Este Tribunal Unipersonal Cuarto de Juicio, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CULPABLE a ANDRI JOSÉ ANDRADE PATIÑO, venezolano, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nacido en fecha 10-05-1984, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.935.031, hijo de Arelis Patiño y Carlos Andrés, domiciliado en la calle El salado letra "B" casa 106, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre; por haber quedado comprobado en el Juicio Oral y Público como autor del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad estableciendo la norma antes descrita como pena mínima de OCHO (8) AÑOS A DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, aplicando el termino medio contemplado en el artículo 37 del Código Penal, quedando una pena de NUEVE (9) AÑOS.....