RATIFICACIÓN DE LA MEDIDA PROTECCIÓN Y SEGURIDAD, impuestas por el órgano receptor, y así se decide. En atención a las consideraciones antes expuestas este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA RATIFICAR las Medida Protección y Seguridad en contra del imputado DANIEL JOSÉ JIMÉNEZ JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad N° 16.818.390, de 26 años de edad, venezolano, soltero, sin oficio definido, nacido en esta ciudad en fecha 21-09-1983, hijo de Irma Jiménez y Fidel Rojas, residenciado en el sector de Quebrada Seca, El Tambor, casa sin número, Cariaco, Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 87 ordinal 3, 5 y 6 de la Ley Especial, por la presunta comisión de los delito de AMENAZAS previsto y sancionado en el artículo 41 ultimo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CARMEN LUISA VASQU.....