En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide considera prudente dictar medida cautelar y autorizar a la ciudadana MAYBERLI TARAZONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.799.895, domiciliada en la avenida Perimetral con Avenida Bermúdez, Edificio Permagas, Piso 04, apartamento 49, Cumaná, Estado Sucre, asistida por la abogada MARISOL HERNANDEZ, en su condición de Defensora Pública Primera con competencia para actuar en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, actuando en nombre y representación de su hija Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivarian.....