este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA a la ciudadana: ELIZABETH YURIMAR FLORES CHACÓN, venezolana, de 22 años de edad, soltera, estudiante, titular de la cédula de Identidad No. 15.740.393, domiciliado en Urbanización Fe y Alegría, Sector IV, vereda 6, casa N° 3, Cumaná, Estado Sucre, actualmente en libertad, por el lapso de UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS, quien fue condenado por sentencia dictada en su contra por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial, imponiéndosele una pena de: DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley por la comis.....