Analizado como han sido los medidos de pruebas evacuados y en base a los razonamientos de hecho y de derecho y de la jurisprudencias antes mencionadas, este Tribunal Superior Civil, mercantil, Protección Niños, Niñas y Adolescenetes y Bancario del Primer Circuito Judicial del estado Sucre declara: PRIMERO: CON LUGAR, LA APELACIÓN planteada por la abogada Yohaggys Ruiz, inscrita en el inpreabogado bajo el nro. 133.541, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Julio José Ferrer Alfonzo, contra Rossi Dolores Guerra. En consecuencia se revoca, la sentencia de fecha 15 de febrero del año 2017, emitida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y Régimen Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Sucre., por estar demostrado que la filiación declarada no es la verdadera, en consecuencia, se deja sin efecto el reconocimiento voluntario realizado por el ciudadano Julio José Ferrer, identificado en autos, al ciudadano hoy ad.....