este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE SEDE CUMANÁ, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA por el procedimiento de admisión de los hechos, al ciudadano JOSÉ GABRIEL MAZA MARTÍNEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad numero 15.576.232, de 32 años de edad, nacido en fecha 14-11-1979, soltero de profesión u oficio Carretillero residenciado en la Calle la Orquídea, Casa Nº 05, detrás del Internado Judicial Penal de esta ciudad, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en los artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano EDWARD JOSÉ ORTÍZ MILLAN, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, pena ésta que terminará de cumplir aproximadamente en el año Dos Mil veintiuno (2021). Se acuerda mantener la medida privativa de libertad que pesa sobre el penado JOSÉ GABRIEL MAZA MARTÍNEZ, en la sede la Comandancia.....