el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada por Acta Policial suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo Técnico de Vigilancia del Tránsito y Transporte Terrestre; por el delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 del Código Penal Vigente para la fecha del hecho, donde aparecen como imputados los ciudadanos LUIS DANIEL MALAVE FIGUEROA, con Cédula de Identidad N° 17.674.816, con domicilio en la calle Castellón, casa N° 61, Cumaná, Estado Sucre, y FEDERICO MARQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.315.436, con domicilio en la urbanización Ciudad Jardín, Cumaná, Estado Sucre; en virtud de que el ejercicio de su acción se encuentra evidentemente prescrita conforme al artíc.....