por los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Cuarto de primera instancia en funciones de control del circuito judicial penal del estado sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano DOUGLAS MAGDALENO MARCANO ROSAL, natural de Irapa Municipio Mariño del Estado Sucre, Venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 9.938.843, chofer, de 48 años de edad, nacido en fecha 22-07-1.963, hijo de: José Luís Marcano y Teresa Rosal, domiciliado en: Sector el Cautaro, Casa S/N, frente al campo de baseball, Nueva Colombia, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre; por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la .....