Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial del Estado Sucre, extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al imputado José Luís Ugas, venezolano, de 41 años de edad, nacido el 12-12-1967, estado civil soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nº 6.957.767, de oficio: Obrero, hijo de Carmen Elena Ugas e Isaac Ramírez, domiciliado en: Calle Cantaura, casa Nº 37, Carúpano, Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Posesión Ilícita De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad, consistente en presentación de cada treinta (30) días por el lapso de seis (06) meses.....