Por lo antes expuesto, revisada como ha sido la presente demanda y ajustándola a derecho, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA intentada por MONIQUE DELFINA PEREZ, contra la empresa demandada IMPORTADORA TATIANA, C.A; en consecuencia se condena a pagar los siguientes conceptos y montos: Antigüedad Bs. F 326.15. Vacaciones y Bono Fraccionado: Bs. F. 150,22 Utilidades Fraccionadas Bs. F 102.47; Indemnización por despido injustificado Bs. F. 524,83, diferencias salarial: Bs. F 1.117,93, para total de DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIUN BOLIVARES FUERTES con cincuenta y ocho céntimos (Bs. F. 2.221,58)
SEGUNDO: Se ordena la corrección monetaria sobre la cantidad condenada a pagar, a partir de la notificación del demandado, excluyendo únicamente el lapso en que el proceso haya estado suspendido por acuerdo entre las partes, o haya estado paralizado por motivos no imputables a ellas, es decir, .....