REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumana, Veinticinco (25) de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2007-000248
PARTE ACTORA: ELIS JOSE RODRIGUEZ GARCIA
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: JAVIER MENDOZA
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA SUCREMAX 3026 C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FELIX CASANOVA Y FABIOLA MUJICA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy veinticinco (25) de febrero de dos mil ocho, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, por motivo de prestaciones Sociales, se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano Elis José Rodríguez no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, encontrándose presente el abogado asistente Javier Mendoza, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 107.231 no acreditando instrumento poder que acredite la condición de apoderado judicial de conformidad con el artículo 47 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para actuar en juicio; asimismo se deja expresa constancia la asistencia de los abogados Félix Casanova y Fabiola Mújica, inscritos en el inpreabogado bajo el N° 47.135 y 77.926 respectivamente actuando en su carácter de apoderados judiciales de la empresa demandada Constructora Sucre Max, C.A, según se evidencia de poderes inserto a los autos; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 197
La Jueza

Abg. Carolina Chakian M.


El Secretario

Abg. Sergio Sánchez D.