Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley: DECRETA: la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, y el subsiguiente SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano GINERSON ANTONIO BRITO, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 26-01-51, portador de la cédula de Identidad N° 4.301.829 de oficio Comerciante, Hijo: Juan Cerisola Velásquez y Carmen Olimpia Brito, residenciado en: Sabaneta del Pilar, calle Principal, Casa S/N, cerca del río del Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la Ciudadana CRISANTA DARIA GONZÁLEZ DE RODRÍGUEZ, por haber operado la prescripción procesal en el presente asunto, en base a los artículos 108 ordinal 5°, 110 primer aparte y 112 ordinal 1º del Código Penal, 49 numeral 8, en relación al artículo 300 numeral 3º ambos del Código Orgánico Pro.....