Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de DE RESPONSABILIADAD DE CRIANZA, solicitada por el ciudadano BENIGNO ANTONIO MUNDARAIN VARGAS, contra la ciudadana JULIA YUSLEIDYS RAUSEO FIGUEROA, anteriormente identificados, a favor de la niña.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los veinticuatro (24) días del mes de Noviembre del Dos Mil Nueve.