Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1, en concordancia con los artículos 482, 493 y 494, todos del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la Sentencia de fecha 06-10-2008, dictada por el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, cursante a los folios del 50 al 54 de la presente causa, mediante la cual se CONDENÓ al ciudadano GUILLERMO ANICASIO ZAPATA GUERRA, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 3.945.145, de oficio obrero, de 59 años de edad, nacido en fecha 11-10-41 y domiciliado en calle Lourdes, casa N° 2, Tío Pedro, Carúpano, Estado Sucre; a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Inhabilitación política por el tiempo que d.....