Admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público y sanciona conforme al procedimiento por admisión de los hechos al adolescente XXXXXX; por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre los derechos de la mujer a una vida libre de violencia, en perjuicio de XXXXXX; a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA, POR UN LAPSO DE SEIS (06) MESES, consistente en realizar una actividad laboral que coadyuve a su crecimiento y desarrollo integral y, no agredir ni física ni verbalmente a la victima. Sanción que se impone conforme a los Artículos 8, 578 literales "A" y "F";539, 583, 620 literal "b y d ,622, y 624 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Así mismo se ordena el cese de las medidas de coerción de que es objeto el acusado de autos, tal y como fue solicitado por la defensa. Instrúyase al Secretario del despacho a los fines de remitir en su oportunidad las presentes actuaciones al Tribuna.....